¿Quiénes son los verdaderos profesionales de
Inmigración?
Todos
hablan de la posibilidad de una reforma de la ley de inmigración. Tal vez entre en vigor una reforma para
resolver la situación de los 11 millones de indocumentados en este país pero
tal vez no. Pero con o sin la reforma, la gente pregunta: ¿Qué debo hacer? ¿A quién debo acudir para asesorarme y
ayudarme con mi situación? Hay tres tipos de personas que generalmente se
dedica a hacer trámites de inmigración:
Notarios, consultantes de inmigración y abogados. ¿Cuál es la diferencia? ¿Cuál es la mejor
opción?
Los
notarios públicos en Estados Unidos NO SON abogados. Su única
función es de autenticar las firmas en un documento. Ninguno de los formatos de inmigración tiene
como requisito ser firmado ante notario público. Repito:
JAMÁS es necesario firmar un formato de inmigración ante notario
público.
Los
consultantes de inmigración son semejantes a los notarios: NO SON ABOGADOS. Son personas que pueden
llenar formatos de inmigración pero nada más. A veces se utiliza el término “notario” para
referirse a un consultante de inmigración y vice versa.
Lamentable hay muchos casos de fraude por parte de los
notarios y los consultantes de inmigración.
Ninguno de los dos puede asesorarte sobre si calificas por un beneficio
de inmigración porque no son abogados. Si
dan asesoría legal sin ser abogados, comenten un delito. Por eso ni un notario o un consultante te
puede decir si puedes arreglar tus papeles o no, si necesitas un perdón o no o
si estás al riesgo de ser deportado o no.
No te pueden decir cuáles formatos tienes que llenar, qué información
debes de incluir en el formato y no te pueden aconsejar sobre las posibles consecuencias
negativas si presentas un trámite determinado.
Nuevamente, si dan este tipo de asesoraría están cometiendo un
delito. Nada más pueden preparar los
formatos que tú les llevas con la información que tú les des. Si no sabes qué información
poner, ellos no te pueden decírtelo.
Un abogado es una persona que cuenta con una licencia
otorgada la Barra de Abogados del Estado California. Para poder ejercer como abogado la persona
debe cumplir una carrera de cuando menos tres años de estudios de leyes. Además, debe aprobar un examen que dura tres
días. En California aprueban dicho
examen aproximadamente la mitad de los estudiantes que lo presenten. Finalmente, tiene que cumplir con otros requisitos
tales como pagar una cuota anual a la Barra de Abogados y cumplir estudios
adicionales para mantenerse al corriente. La Barra de Abogados tiene la
facultad de suspender la licencia de abogados deshonestos y en algunos casos pueden
ayudar a recuperar el dinero pagado.
A diferencia los notarios o los consultantes no han
terminado una carrera en la facultad de leyes, no han aprobado un examen
difícil sobre leyes y no están sujetos a la sanción de la Barra de
Abogados. Tal vez te cobran menos, pero
hay que recordar “lo barato sale caro.”
No encargues el trámite más importante de tu vida a una persona no calificada
para ayudarte como tú lo mereces.
Por favor llame a nuestra oficina para programar una consulta al (619) 230-1773 y visite nuestro sitio Web en www.myimmigrationatty.com.
-Por: Barbara K. Strickland, Esq.